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La Estructura del Estado Colombiano

 

La Estructura del Estado Colombiano se encuentra jurídicamente establecida en la Constitución Política, y obedece principalmente a la división equilibrada de poderes y a la filosofía política del Estado Social de Derecho.

 

Es característica de nuestro modelo estatal, la conocida división tripartita sumada la existencia de otros organismos, entre ellos con significativo peso, los denominados órganos de control.

 

Así entonces tenemos que en esencia el Estado Colombiano tiene las tradicionales tres ramas: La Ejecutiva, la Legislativa y la Judicial.

A la par se encuentran los órganos de control: Contraloría General de la República y el Ministerio Público (Procuraduría General y Defensoría del Pueblo).

 

Importante tener en cuenta que de acuerdo a la constitución política Los diferentes órganos del Estado tienen funciones separadas pero colaboran armónicamente para la realización de sus fines.

 

Corresponde a cada uno de estos poderes las funciones constitucionales que constituyen la esencia de los fines esenciales del Estado. De tal manera observamos a cada rama una función clara y distinta.

 

RAMA EJECUTIVA: Representa el gobierno. Está constituida por:

 

-El Presidente de la República.

 

-El Vicepresidente.

 

-Los Ministros de Despacho, como lo son el Ministerio del Interior, de Educación, de Relaciones Exteriores, etc.

 

-Los Departamentos Administrativos, ejemplo de ellos son el Departamento Administrativo Nacional de Estadística (DANE), Departamento Administrativo de la Función Pública, Departamento de la Prosperidad Social, entre otros.

 

-Las Gobernaciones, a cargo del gobierno departamental.

 

-Las Alcaldías, a cargo de la administración municipal

 

-La Superintendencias, dedicadas especialmente a la inspección, vigilancia y control sectorial delegadas reglamentariamente de la función presidencial correspondiente, como lo son por ejemplo la Superintendencia Nacional de Salud, la de Transporte, la de Economía Solidaria, la Financiera, de Notariado y Registro, del Subsidio Familiar, de Sociedades, la de Servicio Públicos y Domiciliarios, etcétera.

 

- Las Unidades Administrativas Especiales,  son organismos que desarrollan y ejecutan programas propios de un ministerio o de un departamento administrativo. Ejemplo de ellas son la Dirección de Impuestos y Aduanas Nacionales (DIAN), Dirección Nacional de Estupefacientes (DNE) , Unidad Administrativa Especial de Aeronáutica Civil, la Comisión de Regulación de Energía y Gas (CREG), la  Comisión de Regulación de Telecomunicaciones (CRT), etcétera.

 

Los Establecimientos Públicos, atienden funciones administrativas y de prestan servicios conforme a las reglas del derecho público, como por ejemplo el Fondo de Educación y Seguridad Vial, el Instituto Nacional Penitenciario y Carcelario –(INPEC), el Instituto Geográfico Nacional “Agustín Codazzi”, el Servicio Nacional  de Aprendizaje (SENA), el Instituto Colombiano de Bienestar Familiar (ICBF), el Instituto Colombiano Para el Fomento de la Educación Superior –(ICFES), y el Instituto Nacional de Vías (INVIAS), entre otros.

 

Las Empresas Industriales o Comerciales del Estado,  desarrollan actividades productivas, industriales o comerciales de bienes o servicios operados por el Estado, entre ellas podemos encontrar Empresa Colombiana de Petróleos (ECOPETROL) y el Banco Agrario de Colombia.

 

También hacen parte de la rama ejecutiva, las Sociedades de economía mixta, las empresas sociales del estado y empresas oficiales de servicios públicos

 

RAMA LEGISLATIVA: La constituye el Congreso, con una estructura bicameral: El Senado y la Cámara de Representantes.

 

Las funciones esenciales del congreso son la hacer las leyes (creando, modificando, derogando o subrogando), reformar la constitución política, a través de actos legislativos, y hacer control político al gobierno.

 

RAMA JUDICIAL: Encargada de la administración de justicia en sus diferentes jurisdicciones: Ordinaria (Corte Suprema de Justicia, Tribunales Superiores de Distrito Judicial, Jueces del Circuito y Jueces Municipales), Contencioso Administrativa (Consejo de Estado, Tribunales Administrativos y Jueces Administrativos) y Constitucional (Corte Constitucional y todos los jueces en un control difuso).

 

En materia disciplinaria se encuentra el Consejo Superior de la Judicatura y Consejos Seccionales, en sus salas disciplinarias.

 

También existen dos jurisdicciones especiales: la Indígena y la de Paz.

 

Además dentro de la Rama Judicial encontramos a la Fiscalía General de la Nación, entidad que investiga los delitos y acusa ante los jueces penales.

 

ÓRGANOS DE CONTROL: Contraloría General de la República y el Ministerio Público.

 

La Contraloría General de la República a cargo de La vigilancia de la gestión fiscal del Estado, que incluye el ejercicio de un control financiero, de gestión y de resultados.

 

El Ministerio Público, que con tal nombre no existe como entidad, sino que se refiere de manera genérica a la Procuraduría y la Defensoría de Pueblo.

 

La Procuraduría se encarga principalmente de vigilar el cumplimiento de la Constitución, las leyes, las decisiones judiciales y los actos administrativos, proteger los derechos humanos y asegurar su efectividad, con el auxilio del Defensor del Pueblo,  defender los intereses de la sociedad, los intereses colectivos, en especial el ambiente, velar por el ejercicio diligente y eficiente de las funciones administrativas y  ejercer vigilancia superior de la conducta oficial de quienes desempeñen funciones públicas, inclusive las de elección popular; ejercer preferentemente el poder disciplinario; adelantar las investigaciones correspondientes, e imponer las respectivas sanciones conforme a la Ley.

La Defensoría del Pueblo, vela por la promoción, el ejercicio y la divulgación de los derechos humanos.

 

A la par de las ramas y órganos de control, existen otras entidades que no podrían ubicarse dentro de aquellas, como son las encargadas de la organización electoral (Consejo Nacional Electoral y Registradora nacional del Estado Civil), el Banco de la República y la Autoridad Nacional de Televisión.

  

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